Los refugiados son personas que, debido a conflictos, violaciones de derechos humanos o persecuciones por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social u opiniones políticas, se han visto obligadas a abandonar su país de origen y no pueden o no quieren regresar a él. Por ello, necesitan asilo en otro país.
De hecho, la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados o Convención de Ginebra (1951) fue creada pensando en los europeos que huían de los horrores de la Segunda Guerra Mundial. Posteriormente, el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados (1967) eliminó las barreras de tiempo y espacio, para que la definición se pudiera aplicar a otras personas.
¿Cuál es la diferencia entre migrantes y refugiados?
Algunos confunden a los migrantes con los refugiados. Los migrantes son aquellos que se trasladan fuera de su residencia habitual, fuera de su región (migración interna) o de su país (migración externa), por diversas razones, generalmente para mejorar su calidad de vida, según la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).
La falta de claridad sobre quiénes son los refugiados, la información contradictoria en los medios de comunicación y las redes sociales, e, incluso, los discursos políticos, pueden terminar desinformando a los ciudadanos. A continuación, desmentimos tres mitos sobre la comunidad de refugiados en Perú.
1. ¿Los refugiados reciben un bono económico por parte del país de acogida?
En Perú, no. La Ley del Refugiado (Ley N. º 27891) establece que las personas que hayan sido reconocidas legalmente como refugiadas tienen derecho a recibir la calidad migratoria renovable de extranjero residente por un año, un documento oficial de identificación personal y un documento de viaje. También tienen derecho a que su pareja o sus hijos puedan recibir la misma calidad. Cuando los refugiados llevan más de dos años en el país no se le aplican las restricciones de contratación laboral que rigen para los demás extranjeros.
Asimismo, no reciben ninguna compensación económica especial por parte del Estado peruano. Los migrantes, que legalmente tienen menor protección del país de acogida en comparación con los refugiados, tampoco.
En 2020, durante el gobierno de Martín Vizcarra, publicaciones sostenían que el Estado peruano iba a brindar un bono a migrantes venezolanos. Esto era falso. Se trataba de un apoyo económico por parte de la comunidad internacional en el contexto de la emergencia sanitaria por COVID-19. Según la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), más de 3.600 personas refugiadas y migrantes de Venezuela en Perú fueron beneficiadas entre 2020 y 2023 a través de pagos directos al establecimiento de salud donde se atendían los pacientes, entre otras estrategias.
Actualmente, no existe ningún bono económico del Estado peruano dirigido a extranjeros.
2. ¿Los refugiados pueden volver a su país de origen?
No mientras se mantengan las mismas condiciones de peligro que los hicieron huir. «Las personas refugiadas constituyen un grupo específico que define y protege el derecho internacional, ya que, por la situación en su país de origen, regresar a casa es imposible«, aclara ACNUR. Esto se debe a que la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados determina que los solicitantes de refugio solicitan esa calidad porque su vida está en peligro y su país de origen no puede protegerlos.
3. ¿En Perú se puede condenar a un refugiado por un delito?
Sí. La condición de refugiado no exonera de cumplir una condena por delitos realizados en el país donde reside.
La Ley del Refugiado peruana indica, en su artículo 4, que se excluye de la categoría de refugiado a aquella persona que haya cometido «un delito contra la paz, un delito de guerra o un delito contra la humanidad«. Asimismo, tampoco se le puede otorgar esa condición a personas que hayan cometido «un grave delito común, dentro o fuera del territorio nacional«, antes que se le conceda la calidad de refugiado.
Tanto los solicitantes de refugio como los refugiados «tienen la obligación de respetar y cumplir los dispositivos legales internos» de Perú, según el artículo 30 de la Ley N. º 27891. «En ese sentido, podrían ser investigados, juzgados y, si así se demuestra, condenados por un delito penal. No hay ningún impedimento en la Ley del Refugiado«, explica Ítalo Zevallos, coordinador de la Clínica Jurídica Encuentros SJM.
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Los solicitantes o refugiados «podrían ser condenados en el Perú, podrían cumplir parte de su pena en Perú y posteriormente ser expulsados como consecuencia de haber incurrido en algún delito y ser de nacionalidad extranjera«, detalla el especialista.
En el caso de que el refugiado no respete la legislación peruana, la Comisión Especial para los Refugiados (conformada por dos representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, uno de la Policía Nacional, uno de ACNUR y un secretario ejecutivo) está en la capacidad de emitir una sanción, según la falta o el delito cometido, teniendo en cuenta las normas vigentes y la proporcionalidad. Respecto a la solicitud de refugio, esta también tendría que ser evaluada por la Comisión Especial.
La norma establece como criterio de exclusión que el solicitante de refugio o refugiado haya cometido un grave delito común. Entonces, la evaluación de la Comisión va a ser caso por caso, (según) qué delito considera grave. Por ejemplo, tal vez no sea lo mismo una persona que haya cometido un delito de homicidio versus una persona que haya cometido un delito de peligro común por haber conducido su automóvil en estado de ebriedad. La Comisión, evidentemente, va a considerar que la persona que ha cometido un homicidio de ninguna manera va a poder ser incluido como refugiado, pero podría concluir que la persona que ha cometido el delito de peligro común tal vez no es suficiente para excluirlo. Estas consideraciones las va a estimar la propia Comisión".
Ítalo Zevallos
Por otro lado, los refugiados en Perú pierden esa condición cuando han desaparecido las circunstancias de peligro que existían en su país de origen, cuando se establecen voluntariamente en el país que habían abandonado o cuando adquieren otra calidad migratoria.
¿Cuántos refugiados hay en el Perú?
La yapa: Hasta el 2024, se registraron más de 500.000 solicitantes de refugio en Perú, de acuerdo con ACNUR. Además, según la plataforma R4V, hasta junio del año pasado, unos 4.900 venezolanos habían sido reconocidos como refugiados en Perú.