El Gobierno de Venezuela dispuso desde el 27 de septiembre que los ciudadanos venezolanos deben tener el pasaporte vigente para poder ingresar al territorio ya sea por vía terrestre o aérea. Esta nueva medida viola la Declaración Universal de Derechos Humanos que contempla que “toda persona tiene derecho de regresar a su país de origen”.
Las aerolíneas que aún vuelan hacia el país caribeño han informado sobre la medida a sus pasajeros. Incluso se han difundido videos en los que se muestra a ciudadanos venezolanos impedidos de embarcar un vuelo en Santiago de Chile que tenía como destino su país por no cumplir con las nuevas disposiciones.
La nueva medida implica lo siguiente:
- Los pasajeros venezolanos deben tener su pasaporte venezolano vigente al momento del viaje.
- En caso de que no cuenten con su pasaporte venezolano vigente, deberán solicitar un “Documentos de Viaje” ante el Consulado o la Embajada venezolana acreditada en el exterior y registrarlo con la aerolínea con al menos 72 horas antes del embarque.
- No se permitirá el embarque a venezolanos con cédula de identidad venezolana, aun estando vigente.
- Aquellos pasajeros venezolanos que tengan doble nacionalidad, deben presentar el Pasaporte venezolano vigente. En caso de que el Pasaporte venezolano se encuentre vencido, no podrá ser embarcado aun teniendo su pasaporte de su otra nacionalidad vigente.
¿Las personas tienen derecho de regresar a su país de origen?
Sí. La Declaración Universal de Derechos Humanos postula lo siguiente: “Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país”.
El derecho también está contemplado en numerosos instrumentos internacionales y se restringe solo si existe algún impedimento legal sobre la persona que imponga una medida de restricción ambulatoria como una causa judicial en curso, haber adquirido deudas, ser buscado por razones de orden público o encontrarse impedido por razones de salud pública, tal y como está escrito en el Manual Regional de los Derechos Humanos de las Personas Migrantes.
Asimismo, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en su artículo 50° que “toda persona puede transitar libremente y por cualquier medio por el territorio nacional, cambiar de domicilio y residencia, ausentarse de la República y volver, trasladar sus bienes y pertenencias en el país, traer sus bienes al país o sacarlos, sin más limitaciones que las establecidas por la ley. En caso de concesión de vías, la ley establecerá los supuestos en los que debe garantizarse el uso de una vía alterna. Los venezolanos y venezolanas pueden ingresar al país sin necesidad de autorización alguna. Ningún acto del Poder Público podrá establecer la pena de extrañamiento del territorio nacional contra venezolanos o venezolanas”.
Venezolanos en el exterior: ¿cómo solicitar un salvoconducto o documento de viaje?
Los ciudadanos venezolanos que no cuenten con un pasaporte vigente podrán solicitar un salvoconducto o documento de viaje en el Consulado venezolano en el país donde residan.
No obstante, Venezuela no cuenta con representaciones consularesen Argentina, Chile, Ecuador, Uruguay, Costa Rica, Perú, Panamá y República Dominicana debido a la ruptura de las relaciones diplomáticas antes y después de las elecciones presidenciales del 28 de julio de 2024.
Por tal motivo, los ciudadanos que residan en esos países no podrán tramitar el salvoconducto en las sedes cerradas; sin embargo, los medios venezolanos como El Pitazo y El Estímulo han informado que pueden solicitar el documento ante la Cancillería de Venezuela de forma virtual.
No se precisa a que dirección de correo o plataforma deberán realizar formalmente la solicitud.
Venezolanos en el exterior: ¿cómo solicitar un salvoconducto o documento de viaje?
Un salvoconducto puede ser tramitado si se presentan los siguientes documentos al Consulado venezolano o enviado a la Cancillería de Venezuela en línea:
- Original y copias de la denuncia ante las autoridades policiales (si aplica).
- Original y copia del boleto aéreo (sellado por la aerolínea).
- Copia del documento de identidad del solicitante (cédula o pasaporte).
- Foto del solicitante en un CD o DVD (formato JPG).
- Comprobante de pago del arancel consular correspondiente, si aplica.
¿Tiene costo tramitar el salvoconducto ante un consulado venezolano?
Sí, el salvoconducto tiene un valor de 60 dólares.
Sin embargo, puede emitirse de manera gratuita para los ciudadanos venezolanos que han iniciado el trámite de renovación de pasaporte y están a la espera de este, así como a los que presenten denuncia policial por robo de pasaporte, repatriados, detenidos con orden de deportación final y víctimas de trata de personas, cuya solicitud sea requerida por una autoridad competente en el país acreditado.
La página oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores de Venezuela informa que los niños, niñas y adolescentes están exonerados del pago de los derechos consulares, según el Artículo 9 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y el Adolescente (LOPNA), publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.476 de fecha 02 de julio de 2002.