Agencia Digital Migraciones: ¿cómo cambiar tu CPP por carné de extranjería?

Conoce cómo cambiar tu Carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) por el carné de extranjería en Perú. Descubre los requisitos y pasos clave del trámite.
Agencia Digital Migraciones: ¿cómo cambiar tu CPP por carné de extranjería?
Agencia Digital Migraciones: ¿cómo cambiar tu CPP por carné de extranjería? Foto original: Gobierno del Perú

Si tienes el Carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) en Perú y deseas cambiarlo por el carné de extranjería, es importante que conozcas los requisitos y pasos necesarios. El trámite es personal, requiere al menos seis meses de permanencia y cumplir con una serie de condiciones, como no tener deudas o antecedentes. Descubre en este artículo cómo realizar el cambio a través de la Agencia Digital de Migraciones. 

¿Cómo cambiar tu CPP por Carné de extranjería

El proceso es así, según la Superintendencia Nacional de Migraciones: 

  1. a) El trámite es personal.
  2. b) Contar con una permanencia mínima de seis meses, computados desde la aprobación del último permiso temporal de permanencia otorgado.
  3. c) Presentar la solicitud antes del vencimiento del permiso temporal de permanencia.
  4. d) No tener deuda por multa impuesta por Migraciones, o contar con el beneficio del fraccionamiento, cuando corresponda. Asimismo, no debe registrar deuda originada por el derecho de obtención del Permiso Temporal de Permanencia, de corresponder.
  5. e) No haber incurrido en causales de cancelación o pérdida del Permiso Temporal de Permanencia.
  6. f) No registrar antecedentes penales, policiales y judiciales vigentes, en el Perú, ni en el extranjero.
  7. g) No registrar alertas en el sistema Interpol, ni estar incurso en los supuestos de impedimento de ingreso al territorio nacional previstos en el artículo 48 del Decreto Legislativo N.º 1350, Decreto Legislativo de Migraciones.
  8. h) Para los menores de edad, es necesaria la presencia personal de uno de sus padres, tutor o apoderado, según corresponda; y adicionalmente cumplir lo estipulado en el artículo 56-C del Reglamento de la Ley de Migraciones.
  9. i) Si el beneficiario se encuentre impedido de manifestar su voluntad de manera indubitable, se apersona en compañía de su salvaguarda o apoyo o figura legal afín, a efectos de cumplir con lo establecido en el artículo 56-B del Reglamento de la Ley de Migraciones.

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En el caso de las personas con discapacidad que puedan manifestar su voluntad, el trámite se realiza de forma personal o bajo los alcances del artículo 56-A del Reglamento de la Ley de Migraciones, de corresponder. Sin perjuicio de ello, la Administración garantiza el debido acceso al procedimiento considerando los ajustes razonables o apoyo para la manifestación de voluntad. 

Migraciones puede requerir la presencia física de la persona extranjera, para realizar el registro de datos biométricos. 

¿Qué es la calidad Migratoria Especial Residente?

La calidad migratoria Especial Residente es la que se entrega a un extranjero para que pueda residir en el país durante un año con beneficios como posibilidad de múltiples salidas (entradas y salidas) y la realización de actividades con lucro de forma dependiente o independiente. 

Condiciones para acceder al cambio de calidad migratoria

Se deben reunir los requisitos exigidos para la nueva calidad, según lo dispuesto por la Superintendencia Nacional de Migraciones. 

En la calidad migratoria de trabajador, se debe tener calidad migratoria habilitante al suscribir el contrato y el contratante debe estar activo y con registro en la Sunat. 

Requisitos para la calidad Migratoria Especial Residente

Estos son los requisitos para solicitar a calidad migratoria Especial Residente: 

  1. Formulario PA – Cambio de Calidad Migratoria (gratuito).
  2. Número de recibo y fecha de pago por derecho de trámite.
  3. Copia simple del pasaporte o documento de viaje análogo reconocido por el Estado peruano, este no es necesario cuando previamente haya sido presentado en el último trámite de Permiso Temporal de Permanencia solicitado, o copia simple del documento oficial emitido por Migraciones.
  4. Declaración jurada de no registrar antecedentes penales, policiales y judiciales vigentes, en el Perú, ni en el extranjero.
  5. Declaración jurada de no registrar alertas en el sistema de la Organización de Policía Criminal – Interpol, ni estar incurso en los supuestos de impedimento de ingreso al territorio nacional previstos en el artículo 48 del Decreto Legislativo N.º 1350, Ley de Migraciones.
  6. Declaración jurada con indicación de las actividades que realiza en territorio nacional, señalando la dirección del lugar donde las mismas se ejecutan. En forma opcional, el solicitante puede adjuntar datos y documentación complementaria que acredita lo declarado.

NOTA: A los seis meses de tener CPP, los ciudadanos provenientes de Venezuela pueden solicitar el cambio a calidad migratoria Especial Residente. 

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Agencia Digital de Migraciones: estos son los pasos para solicitar el cambio de calidad migratoria

Los ciudadanos extranjeros pueden solicitar el cambio de calidad migratoria a través de la Superintendencia Nacional Migraciones. 

La institución otorga este cambio con un plazo de permanencia de 365 días que pueden ser extendidos por el mismo tiempo, y la persona extranjera puede cambiar su calidad migratoria por: 

1.- El trámite es personal y no admite intervención de apoderados. 

2.- Carecer de antecedentes policiales, penales y judiciales 

Durante la residencia de 3 años en el Perú de forma consecutiva, no debes haber estado fuera del país por más de 183 días calendario consecutivos, salvo con autorización 

3.- En la calidad migratoria de trabajador, se debe tener calidad migratoria habilitante al suscribir el contrato y el contratante debe estar activo y con registro en la Sunat. 

4.- La calidad migratoria de inversionista, se deben acreditar los ingresos adicionales por el desempeño de actividades como gerente o director de su empresa y deben cumplir con las normas laborales o tributarias que correspondan. 

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